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REAL DECRETO 401/2003, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y de la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones.

-La entrada en vigor del Real Decreto Ley 279/1999 de 22 de Febrero obliga a presentar un proyecto de ICT, con los requerimientos que en la Ley se recogen,para obtener el permiso de construcción.
El incumplimiento de esta Ley puede conllevar sanciones de 5 a 50 millones para
el constructor.
-Será necesario presentar este certificado para obtener la licencia de habitabilidad de las viviendas. 
La instalacion de las ICT en edificios ya construidos puede ser Voluntaria u Obligatoria:
La voluntaria aprobada en junta por un tercio de las cuotas de participación.
La obligatoria cuando el número de antenas sea superior a un tercio del número de viviendas , o cuando lo considere conveniente la Adm. Competente.
-La certificaccion y realizacion de un proyecto ict solo puede realizarse por Ingenieros
de Telecomunicación.

NORMATIVA RELACIONADA